A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Colpensiones·Demandado Miranda Guzman Fabio Martin
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflictos entre la Sala de Decisión Oral - Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla, suscitados por una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho (lesividad), con el fin de que se declare la nulidad de una serie de actos administrativos, mediante los cuales se reconoció el pago de la pensión de invalidez y su correspondiente retroactivo, a favor de un ciudadano, para solicitar el reintegro de las sumas pagadas por dicho concepto, por considerar que la prestación fue concedida sin el cumplimiento de los requisitos legales.
Cumplidos los requisitos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que al caso debe aplicarse la regla dispuesta en Auto 316/21, según la cual, en los artículos 97 y 104 del CPACA se establece una cláusula especial de competencia que le atribuye a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la exclusividad para conocer de las demandas que la administración interpone contra sus propios actos administrativos (acción de lesividad), incluidos los que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social, como ocurre, en este caso, con la demanda formulada por Colpensiones en contra de distintos actos administrativos relacionados con seguridad social.
Se dispone el envío del expediente a la Sala de Decisión Oral - Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico para que continúe con el trámite del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala de Decisión Oral - Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla y DECLARAR que la Sala de Decisión Oral - Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico es la autoridad competente para conocer de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7026 a la Sala de Decisión Oral - Sección B del Tribunal Administrativo del Atlántico para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.